Opinión

Indulto a Fujimori: una farsa que se repite

Por Carlos Reyna

Sociólogo

Indulto a Fujimori: una farsa que se repiteFoto: La República

Tal parece que la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que en los próximos días sacaría de prisión a Alberto Fujimori está tan trufada de maniobras y trucos, que nos hacen recordar la descarada mañosería con que PPK fraguó el indulto de la noche de navidad de 2017.

La farsa de PPK

Como se recuerda, enfrentado a la posibilidad de su vacancia a manos de los fujimoristas de aquél entonces, Kuczynski y sus asesores montaron un operativo de trueque: indulto al patriarca a cambio de continuar como presidente. Acordaron el toma y daca con Kenji Fujimori, y procedieron a la colocación de ministros ad hoc en Salud y Justicia, a la designación de personal obediente en la Comisión de Indultos, y a la preparación de informes médicos y legales “a la carta”.

Una vez que estuvo listo el expediente hechizo, vino la expedición “express” de la resolución de indulto. Salió tan rápido que uno de los informes médicos que la sustentaba se emitió después que había sido publicada. Con la idea de eludir la posible protesta popular, creyeron que lo mejor fue publicarla la noche del 24 de diciembre. Una encuesta de IPSOS hizo creer a PPK que la mayoría de peruanos estaba de acuerdo con ese indulto.

El tiro les salió por otro lado. Lo que produjo el montaje fue un alud que sepultó a los intrigantes. Tremendas manifestaciones en contra, PPK renunció porque su vacancia se hizo inevitable, Kenji Fujimori fue separado del Congreso y del partido fujimorista por decisión de su propia hermana. La Corte Interamericana de Derechos Humanos observó y la Corte Suprema anuló el indulto. Alberto Fujimori tuvo que regresar a prisión y todos los estrategas de la farsa fueron denunciados y enjuiciados: desde PPK hasta Kenji, pasando por los ministros y otros funcionarios implicados. Ahora, cuatro años después, cuando este juicio está por empezar su fase culminante, al TC se le ocurre resucitar al indulto.

Una sentencia precipitada, no transparente y sin debate exhaustivo

No se conocen aún los fundamentos de la sentencia del TC que devuelve la validez a la farsa de 2017. Sin embargo, el periodismo ha revelado detalles que muestran que el proceso, desde el recurso mismo hasta que el TC tomó la decisión, no ha estado ajustado a las buenas prácticas judiciales que exige un caso como éste.

Esas buenas prácticas exigían tomar todas las previsiones para que la decisión no fuera percibida como el fruto de las inclinaciones políticas personales de los magistrados sino de fundamentos incuestionablemente jurídicos. Eran indispensables la transparencia y la suficiencia del debate, por ejemplo. Sobre todo porque todos saben que, luego del fallecimiento del magistrado Carlos Ramos Nuñez, se había fortalecido un trío de tribunos conocidos por su visible empatía con el fujimorismo, entre ellos Augusto Ferrero, actual presidente del Tribunal. Este trío optó por sacrificar la transparencia y la credibilidad, por una repentina celeridad y opacidad de la decisión.

Habían tres recursos de habeas corpus con el mismo objetivo de devolver validez al indulto de 2017, uno de ellos fue presentado por César Nakasaki, abogado de Alberto Fujimori, que seguramente tenía una mayor cantidad y calidad de argumentos. Lo mejor era acumular esos tres recursos y resolverlos en la misma sentencia. O tomar por lo menos el de Nakasaki. Pero se decidió tomar el recurso que, con toda seguridad, no era el de mayor calidad pero si el de mayor brevedad. De hecho tiene muy pocas páginas y entre sus argumentos se afirma que Fujimori es comparable a Túpac Amaru y Francisco Bolognesi. Pero, al ser el recurso más breve y sencillo, posibilitó que la ponencia del magistrado a cargo, Ernesto Blume, se elaborara y presentara más rápido.

Según varios medios, solo un día antes de la votación del jueves 17 se comunicó a los magistrados que ese día se tomaría la decisión. Dos de ellos, Ledesma y Espinoza Saldaña, propusieron que se reprogramara para incluir en el debate el recurso de Nakasaki. No se aceptó. La mañana del jueves el debate fue de menos de dos horas, casi nada considerando la trascendencia del caso.

Ya era predecible cuál iba a ser el resultado. El trío Blume, Sardón y Ferrero, con el voto dirimente de este último, iba a sacar adelante como sea la revalidación del indulto. Por si fuera poco, el debate, además de ínfimo, no fue televisado como otros casos de similar importancia. Quizás lleguemos a los siete días con un país que sabe que se va a liberar a un ex dictador sentenciado por homicidio calificado y otros delitos graves, pero no las razones de esa decisión.

Una sentencia expuesta a su anulación por la Corte Interamericana de DDHH

¿Qué tipo de razones deberían estar entre los fundamentos de la sentencia que revalida el indulto a Alberto Fujimori? Como se sabe ese indulto fue anulado en 2018 porque tanto la Corte Interamericana de Derechos Humanos como la Corte Suprema encontraron vicios en la forma como se argumentó, en realidad se inventó, el grave estado de salud de Fujimori.

Para que esta sentencia del TC que ahora revalida el “indulto humanitario” no sea anulada por la Corte IDH, tendría que tener ahora fundamentos válidos y creíbles que demuestren que sus dolencias ahora sí son tan graves que la asistencia médica que recibe estando en prisión es insuficiente, y que permanecer encarcelado lo pone en riesgo de muerte y menoscaba su dignidad.

Pero no solo eso. La sentencia tendría que demostrar que frente a esa grave situación de salud, no hay otra solución que extinguir la pena carcelaria que se le aplicó por el delito de homicidio calificado de decenas de personas, y que no es posible ninguna solución intermedia.

También tendría que explicar, el TC, por qué ha pasado por encima de otros criterios que estableció la Corte IDH para que se considere válido un indulto para un condenado por ese tipo de delito tan grave. Por ejemplo, que el condenado haya reconocido la gravedad de sus delitos o haya colaborado para el esclarecimiento de los hechos. Incluso, que haya pagado la reparación civil a las víctimas.

No queda allí la cosa. La Corte IDH también ha exigido que, para la validez de un indulto en este tipo de delitos, los fundamentos también deberían considerar el impacto de la medida sobre las víctimas y sus familiares y sobre la sociedad como un todo.

La severidad de las exigencias de la Corte Interamericana de Derechos Humans, y de todos los tribunales internacionales y muchos nacionales, sobre el indulto para los condenados por violaciones graves de los derechos humanos, es absolutamente razonable. La Corte siempre asume que debe garantizarse la salud y la vida de todo condenado. Pero, también, que debe valorarse el derecho de las víctimas y sus familias para acceder a una justicia y una reparación proporcionales al daño que sufrieron y sufren por mucho tiempo. El acceso de ese tipo de condenados a un eventual indulto no está absolutamente cerrado, pero la extrema gravedad de sus delitos hace que eso también sea extremadamente excepcional y exigente en cuanto a las condiciones que lo harían posible.

La farsa de Blume, Sardón y Ferrero

¿Habrá satisfecho la sentencia del TC todas esas razonables exigencias de la Corte IDH? Eso es altamente improbable. Está a la vista que han procedido de un modo no transparente, precipitado y sin ninguna consideración por el impacto que su decisión tendría sobre las víctimas, sobre el país y sobre nuestras instituciones de justicia.

Ni siquiera se han preocupado por la alta probabilidad de que su sentencia sea ahora anulada directamente por la Corte IDH puesto que es un abierto desafío a la resolución que ella expidió en mayo de 2018. Da la impresión, inclusive, que eso no les importa. Por tanto que tampoco les importa el efecto que podría tener esa nueva anulación sobre el propio Fujimori, que estaría libre solamente un tiempo. Salvo que tengan algún plan migratorio para ese poco tiempo, antes de que la Corte se pronuncie. Como fuere, si la primera vez la farsa acabó muy mal, ojalá que esta vez también.